CODIGO CIVIL: Varón o Mujer ¿Quién manda en casa?
- Posted by Staff Iuridicas
- Categories Artículos
- Date 1 de octubre de 2021
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En reiteradas oportunidades, a lo largo de mi vida, he oído diferentes respuestas, opiniones, comentarios, bromas, muchas de ellas incluso sarcásticos, respecto a ¿Quién lleva realmente los pantalones en casa?
Para encontrar la respuesta, regresemos muchos años atrás, hasta el inicio mismo de del vínculo matrimonial.
La biblia nos da algunas referencias sobre el predominio del varón sobre la mujer (argumentando que Dios lo quiso así):
Y de la costilla que Jehová Dios tomó del hombre, hizo una mujer y la trajo al hombre.
Y dijo Adán: Esta es ahora hueso de mis huesos y carne de mi carne; esta será llamada Varona, porque del varón fue tomada.
(Génesis 2:22–23)
Muchos cristianos occidentales concluyen que el varón tuvo dominio en a la relación desde el comienzo de los tiempos ¿Creen que Dios realmente lo quiso así?
Avancemos un poco más y aterricemos en la antigua Roma. En principio no estaba constituido como un acto jurídico o religioso para que el matrimonio fuera reconocido socialmente en la Antigua Roma, bastaba la convivencia entre un varón y una mujer para que estos fueran considerados casados, pero ¿Cuál era el verdadero propósito? Lamentablemente, seguimos encontrando referencias en que la mujer era considerada un pago justo para intercambios de tierras o formar alianzas, que en esos tiempos eran tan necesarias. ¿Quién piensan Uds. que mandaba en casa?
El Romanticismo de la primera mitad del siglo XIX y la revolución industrial, que propiciaron la aparición de una amplia clase media, instaurarían por completo el amor como centro del matrimonio. El hombre ya no vivía en el campo, sino en la ciudad, y podía elegir con quién quería pasar su vida gracias al fruto de su trabajo. Es también cuando aparecen los primeros movimientos liderados por mujeres, que reivindican su derecho a decidir, y que cambiarán para siempre la percepción del matrimonio. En 1856, 26.000 mujeres trasladaron una petición al Parlamento británico señalando que “es hora de que se proteja el producto de nuestro trabajo y que al ingresar al matrimonio ya no se pase de la libertad a la condición de esclavos, cuyas ganancias pertenecen a su amo y no a sí mismos”. ¿Qué les parecen estos cambios? ¿Será que por fin hallaremos la respuesta a la gran pregunta de hoy?
¿Qué ocurrió en el siglo XX?
El psicoanalista Sigmund Freud también desacreditó las uniones por interés. Poco a poco, los matrimonios de conveniencia volvieron a ser patrimonio exclusivo de casas reales y alta aristocracia: el amor triunfó. Los divorcios, también. La visión que a partir del siglo XX se conformó sobre el matrimonio difiere bastante de aquella que se mantuvo durante los milenos precedentes y ha venido determinada por dos factores esenciales. Por una parte, la adquisición de los derechos de la mujer, ya en igualdad de condiciones con el hombre; por otra, la desacralización de dicha unión, en sintonía con la progresiva pérdida de peso de las religiones en la vida privada.
Año 2021 y ya volviendo, nuevamente, a nuestra realidad. Hoy en día ¿Quién es más importante, Varón o Mujer?
Para descifrar y por fin encontrar la respuesta, debemos recurrir a la fuente misma que regula las relaciones matrimoniales en nuestro país, ¿A qué me refiero? Al nuestro Código Civil.
Nuestra legislación es muy clara al respecto, y precisamente por ello, es que la convivencia entre compatriotas, extranjeros, varones o mujeres que viven dentro de la jurisdicción peruana está estrictamente regulada y bien definida en cuanto a los roles que nos toca a cada uno.
Dejaremos a un lado, por el momento, la ideología de género, para fines de una mejor explicación, esto sin menospreciar la orientación sexual de cada ciudadano, pero, ya que nuestra legislación no lo contempla, será un tema para discutir en otra oportunidad.
Nuestro Código Civil ha dedicado todo un Libro para delimitar responsabilidades y generar derechos a los cónyuges, esto es el Libro III, el cual lleva por nombre: Derecho de Familia.
Empecemos con el artículo 234º:
El matrimonio es la unión voluntariamente concertada por un varón y una mujer legalmente aptos para ella y formalizada con sujeción a las disposiciones de este Código, a fin de hacer vida común.
El marido y la mujer tienen en el hogar autoridad, consideraciones, derechos, deberes y responsabilidades iguales.
Hay mucho que decir sobre esto, pero centrémonos en la última palabra “iguales”
La afirmación aquí, de que tanto esposo como esposa, varón o mujer, tienen facultades iguales ante la ley nos lleva cada vez más cerca de la respuesta que tanto anhelamos.
La presente nos menciona cuales son estas facultades, autoridad, consideraciones, derecho, deberes y responsabilidades. Cada cónyuge se ve en la obligación de aceptar y adquirir dichas facultadas para lograr el fin máximo de la familia, contribuir a su consolidación y fortalecimiento, en armonía con los principios y normas proclamados en la Constitución Política del Perú. (Art. 233º CC).
Así mismo el Código Civil en su artículo 290º señala:
Ambos cónyuges tienen el deber y el derecho de participar en el gobierno del hogar y de cooperar al mejor desenvolvimiento del mismo.
A ambos compete, igualmente, fijar y mudar el domicilio conyugal y decidir las cuestiones referentes a la economía del hogar.
Otro aspecto de la vida en común es el lado económico, recordemos pues, que tan solo algunos años atrás, la mujer casada solo podía aspirar a ser la “Ama de Casa”, claro está, qué este título anexado a la mujer no la convertía en dueña y señora del hogar, más bien, su definición se acercaba más a la de atender el hogar, limpiar la casa, cocinar, cuidar de los hijos, entre otras sin fin actividades hogareñas impuestas solo por el hecho de haber nacido mujer.
Hoy en día es más común ver mujeres profesionales, con aspiraciones y ocupando cargos sumamente importantes. El avance y desarrollo de las mujeres en el siglo XXI ha sido a pasos agigantados, y esto es solo el comienzo.
Entonces, si nos queda claro que, tanto varón como mujer pueden y tienen la obligación de mantener el hogar ¿Quién cuida a los hijos?
El artículo 291º nos responde esta duda:
Si uno de los cónyuges se dedica exclusivamente al trabajo del hogar y al cuidado de los hijos, la obligación de sostener a la familia recae sobre el otro, sin perjuicio de la ayuda y colaboración que ambos cónyuges se deben en uno y otro campo.
El cuidado de los hijos no es exclusivamente de uno de los cónyuges, ambos, como iguales, pueden decidir quién traerá el sustento diario al hogar; mientras que el otro puede dedicar su tiempo al cuidado de los hijos.
Ahora, todo dependerá del acuerdo entre cónyuges, para ello la comunicación jugará un rol fundamental.
Respecto a las responsabilidades laborales, nuestro Código Civil en su artículo 293º señala:
Cada cónyuge puede ejercer cualquier profesión o industria permitidos por la ley, así como efectuar cualquier trabajo fuera del hogar, con el asentimiento expreso o tácito del otro. Si éste lo negare, el juez puede autorizarlo, si lo justifica el interés de la familia.
De no seguir estos lineamientos o si cualquiera de los cónyuges abusa de los derechos antes mencionados, el Juez de Paz Letrado puede limitárselos en todo o parte (art. 292º CC).
Perfecto, una vez aprendido esto y, sabiendo ahora, qué es lo que nuestra legislación establece respecto a las relaciones entre varón y mujer en la vida en común podemos ya tener una respuesta a la pregunta ¿Quién manda en casa?
Mi apreciación como abogado respetuoso de las leyes, como esposo y padre de familia les comparto mi opinión:
EL ESPOSO Y LA ESPOSA tienen la solemne responsabilidad de amarse y de cuidarse el uno al otro, así como a sus hijos. Los padres tienen el deber sagrado de criar a sus hijos con amor y rectitud, de proveer para sus necesidades físicas y espirituales, y de enseñarles a amarse y a servirse el uno al otro; y a ser ciudadanos respetuosos de la ley dondequiera que vivan. Los esposos y las esposas, las madres y los padres, varón o mujer serán responsables ante la ley de los hombres y la e Dios del cumplimiento de estas obligaciones.
Los matrimonios y las familias que logran tener éxito se establecen y se mantienen sobre los principios del perdón, del respeto, del amor, de la compasión, del trabajo y de las actividades recreativas edificantes. Por designio divino, el padre debe presidir la familia con amor y rectitud y es responsable de proveer las cosas necesarias de la vida para su familia y de proporcionarle protección. La madre es principalmente responsable del cuidado de sus hijos. En estas sagradas responsabilidades, el padre y la madre, como compañeros iguales, están obligados a ayudarse el uno al otro. La discapacidad, la muerte u otras circunstancias pueden requerir una adaptación individual. Incluso, otros familiares deben brindar apoyo cuando sea necesario.
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